NORMATIVA

NORMATIVA

Una correcta aplicación de productos fitosanitarios requiere una distribución homogénea del producto. Y que esté de acuerdo con las dosis autorizadas y recomendadas, al objeto de evitar efectos nocivos o perjudiciales en la salud humana y el medio ambiente.

Una deficiente regulación de los equipos o máquinas de aplicación puede dar lugar a distribuciones anómalas y la presencia de desperfectos, averías o desajustes puede originar fugas o vertidos de producto en lugares inadecuados.

¿CADA CUÁNTO TIEMPO?

Todos los equipos deberán ser inspeccionados al menos una vez antes del 26 de noviembre de 2016 (después periódicamente cada 5 años).

Los equipos de menos de 5 años desde su adquisición, y aquellos de empresas de servicios, cooperativas, SAT y otras agrupaciones de agricultores, cada 2 o 3 años dependiendo de la Comunidad Autónoma.

Se deben tener en cuenta que a partir del año 2020, todos los equipos deberán ser inspeccionados cada 3 años.

¿QUÉ EQUIPOS SE DEBEN INSPECCIONAR?

Todas las máquinas de aplicación de productos fitosanitarios inscritos en el ROMA.

El objetivo de las inspecciones es cumplir con la legislación vigente en materia de manejo de uso sostenible de productos fitosanitarios y destinado a profesionales del sector agrícola que manejen pulverizadores de aplicación de fitosanitarios como son:

  • Pulverizadores hidráulicos o centrífugos.
  • Pulverizadores hidroneumáticos o neumáticos.
  • Espolvoreadores.
  • Equipos montados a borde de aeronaves.
  • Equipos en interior de invernaderos.

¿QUIÉN PUEDE REALIZAR LAS INSPECCIONES?

Las inspecciones obligatorias las realizan empresas autorizadas (ITEAF). Agroibérica ingenieros Verificaciones Técnicas está inscrita en el Registro Oficial de Estaciones de Inspecciones Técnicas de Equipos de Aplicación de Productos fitosanitarios, con el número 2804, con validez en todo el territorios nacional.

La inspeccion no puede ser comunicada por la ITEAF a la administración si no se dispone del número ROMA correspondiente al equipo objeto de inspección.

En agroibérica Ingenieros Verificaciones Técnicas, le asesoramos e informamos sobre cómo inscribir su equipo en el ROMA.

¿ES OBLIGATORIA LA INSPECCIÓN?

El uso de productos fitosanitarios conlleva un riesgo para el medio ambiente y para la salud de las personas. Esto conlleva a la importancia de que la maquinaria de tratamientos se encuentre en perfecto estado.

La Directiva 2009/128/CE, de 21 de octubre, del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se establece un Uso Sostenible de los Plaguicidas, establece determinados requisitos de obligado cumplimiento en esta materia, siendo  por tanto la revisión obligatoria.

Por todo ello el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente publicó el Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, sobre las inspecciones obligatorias de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.